Este viernes, se hizo oficial que la Corte Suprema de Justicia de la Nación, tomó la decisión de suspender provisoriamente el artículo 154 del DNU 70/2023, en el que se derogaba la Ley de Tierras Rurales, a través de una medida cautelar interina que fue dictada en el contexto de una causa que dio inicio la Asociación Civil Árbol de Pie.
Es decir que, aquellas limitaciones que marcaba la Ley 26.737 sobre la adquisición de tierras por ciudadanos extranjeros, vuelven a estar habilitadas. ¿Hasta cuándo permanecerá dicha suspensión? Se extenderá hasta que el Juzgado Federal de Bariloche alce su voz y se exprese con respecto a la legitimación de los demandantes y que evalúe el pedido de cautelar presentado por dicha asociación.
Es preciso mencionar que, el ente máximo de Justicia creyó que era necesario adoptar una “decisión provisoria para garantizar la tutela judicial efectiva” y así “evitar posibles daños irreparables al ambiente, debido a que los tribunales inferiores no habían resuelto aún los planteos formulados por los demandantes”.
Por último, vale señalar que esta iniciativa fue avalada a través de las firmas de los jueces Horacio Rosatti, Ricardo Lorenzetti; los conjueces Diego Barroetaveña y Juan Ignacio Pérez Curci; y el ministro Carlos Rosenkrantz.