

El fallo, que lleva las firmas de los jueces Clara Do Pico, Liliana Heiland y Rodolfo Facio, se da en respuesta a una medida cautelar presentada por la Confederación Farmacéutica Argentina (COFA) y la Federación Farmacéutica de la República Argentina (FEFARA), quienes habían cuestionado el Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) emitido por el Gobierno Nacional.
Por su parte, los magistrados argumentaron que “las modificaciones que fueron introducidas en el DNU relativamente a la reglamentación del expendio de medicamentos, la regulación del ejercicio de la profesión de farmacéutico, las condiciones de funcionamiento de los locales y el poder de policía en materia de salubridad revelan, por un lado, un desapego del potencial riesgo sanitario de la habilitación y venta de medicamentos fuera de las farmacias y, por otro lado una desatención del rol trascendental que desempeña la figura del farmacéutico en el sistema”.
Tal y como el candidato a legislador para las próximas elecciones de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y secretario General del Sindicato Argentino de Farmacéuticos y Bioquímicos (SAFYB), Marcelo Peretta, siempre sostuvo, “los medicamentos no se deben vender fuera de las farmacias”.