

“La salida corresponde a una sola implicada, porque la otra responsable, había renunciado tras participar de la redacción”, señalaron fuentes cercanas al ente autárquico.
Asimismo, el titular de ANDIS, Diego Spagnuolo, se pronunció a través de su cuenta en la red social X y sostuvo: “En las últimas horas, se dio a conocer una grave equivocación en el anexo de la Resolución 187/2025, publicada el 16 de enero de este año en el Boletín Oficial. Quiero dejar en claro que la publicación de los términos en cuestión, no tuvo ninguna intención discriminatoria, sino que se trató de un error derivado del uso de conceptos pertenecientes a una terminología obsoleta”.
Además, agregó que dicha resolución “será modificada siguiendo los estándares médicos y normativos vigentes, con el objetivo de garantizar que la terminología utilizada esté alineada con las referencias internacionales, como la Clasificación Internacional de Enfermedades (CIE-11) y el Manual Diagnóstico y Estadístico de los Trastornos Mentales (DSM-5)”. Y concluyó: “Es importante aclarar que esta corrección no modificará el baremo ni sus criterios de evaluación”.