

La medida, que fue publicada en el Boletín Oficial y que elimina la obligatoriedad de que los propietarios inscriban los contratos de alquiler en el Régimen de registración de contratos de locación de inmuebles (RELI); contribuye a la “constitución de un Estado Nacional a favor del ciudadano en un marco de simplificación, eficiencia y calidad en la prestación de servicios”.
A pesar de que ya no será obligatorio, desde la AFIP señalaron que aquellas personas que quieran seguir teniendo los beneficios fiscales en el Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes, sí deberán declarar sus contratos en el RELI (tendrán tiempo hasta el 30 de septiembre de 2024).
Otras de las modificaciones que también fueron implementadas tiene que ver con el Impuesto a las Ganancias, ya que la entidad eliminó la obligación por parte del empleado en relación de dependencia de adjuntar una copia del contrato de alquiler del inmueble con destino a casa habitación.