sábado 20 de abril de 2024 - Edición Nº1963

Columnistas | 7 oct 2021

Editorial - Vacunación pediátrica

Con nuestros hijos NO

Finalmente, el presidente de la Sociedad Argentina de Pediatría (SAP) avaló la decisión del Gobierno Nacional de vacunar contra el COVID-19 a los menores de edad de entre 3 y 11 años con dosis de Sinopharm (autorizada antes por la ANMAT), como inmunizante al que recomendó luego de haber accedido a la "evidencia científica" aportada por el Ministerio de Salud de la Nación en una reunión con representantes de la SAP, de la Organización Panamericana de la Salud (OPS) y de UNICEF.


"Queremos que los chicos se vacunen, para su seguridad, para llegar a la inmunidad de rebaño y para reforzar la presencialidad escolar. Sin lugar a dudas, recomendamos la vacuna", aseveró Tabacco (presidente de SAP) en declaraciones formuladas este martes a Radio Nacional.

Una realidad que nos confronta es que ya se habilitó la vacunación pediátrica contra el COVID en Argentina, y es necesario comprender los alcances de esta medida dispuesta para todo el país.

Por ejemplo, según datos oficiales, solo en la provincia de Buenos Aires más de 400 mil niños y niñas en esa franja etaria fueron inscriptos durante el fin de semana para recibir la vacuna, lo que demuestra un interés de importancia respecto al tema vacunación preventiva en menores.

Sin embargo, algunas cuestiones relevantes debemos dar a conocer como comunicadores y conocedores del derecho.

Es importante hacerle saber a los padres que decidan vacunar a sus hijos contra el COVID-19 que, si luego descubren anomalías físicas en sus hijos post-vacunación -o cualquier otro problema, derivado de la misma- y el Gobierno Nacional no quiera asumir responsabilidad por lo ocurrido, ¡tendrán que pedir un arbitraje en China! Para resolver esas cuestiones.

Es decir, podrán iniciar una demanda en Argentina, pero la misma seguramente NO VA A PROSPERAR, por la extensión de competencia firmada entre Argentina y los laboratorios (esto es lo que se conoce en los contratos como prórroga de competencia, y del que más adelante, algo profundizaremos).

En el caso de la vacuna Sinopharm (la única autorizada hasta el momento por la ANMAT para niños y niñas de 3 a 11 años), la Argentina asumió responsabilidad por las reacciones adversas que la vacuna genere, excepto negligencia del laboratorio, sin embargo, el arbitraje fue fijado para realizarse en Beijing, China.

Aprovechando la ocasión, se darán a conocer los acuerdos contractuales de las demás vacunas conocidas al momento.

En el caso de la Moderna (habilitada para adolescentes en nuestro país), cualquier controversia se deberá resolver según la Ley de Nueva York. Además, nuestro país defenderá a la misma según el acuerdo -ante reclamos por la aplicación de los sueros- y el laboratorio sólo responderá si "se comprueba" negligencia en la fabricación de los mismos.

En el caso de la vacuna Covax, el arbitraje fue dispuesto en Suiza, y se acordó que las leyes de Inglaterra serán las utilizadas en la cuestión. Asimismo, Covax admite responsabilidad de los efectos adversos únicamente si se comprueba que hubo negligencia en la fabricación.

En el caso de la vacuna AstraZeneca, el conflicto se resolverá increíblemente en los Tribunales de la Ciudad de Buenos Aires. Pero tras ello, nuestro país se hace cargo de los efectos adversos de la vacuna excepto que el laboratorio cometa "fraude intencional". Asimismo, es importante saber que al haber asumido la responsabilidad nuestro país, el laboratorio queda eximido de responsabilidad por la falta de eficacia de las dosis.

En el caso de CanSino, cualquier controversia se resolverá a través de un arbitraje en Singapur, y el laboratorio aclaró que no se responsabilizará por ningún reclamo que surja a raíz de incumplimientos de contrato por parte del Gobierno.

En el caso de la Sputnik V (no aprobada por la OMS), el arbitraje fue dispuesto en París, pese a que el contrato se rige por las leyes de Inglaterra (como ocurre con Covax). Sin perjuicio de todo lo dicho, el Gobierno no informó cuál es la responsabilidad acordada de Rusia por la aplicación de las vacunas (si es que asume alguna).

En el caso de la Pfizer (también aprobada en adolescentes y jóvenes menores de edad), el arbitraje será fijado en Nueva York y, lamentablemente, no se ha dado información respecto a la responsabilidad, ya que esta vacuna se encuentra protegida por las cláusulas de confidencialidad acordadas para poder traerlas al país.

Finalmente, una última cuestión muy relevante a hacer saber es que, según el CÓDIGO CIVIL Y COMERCIAL DE LA NACIÓN (Ley de aprobación N° 26.994, más conocido por sus siglas: CCCN), cualquier adolescente de 13 años o más puede someterse a tratamientos que no resulten invasivos a priori, como lo es claramente, una vacuna. Es decir, van a poder vacunarse niños de 13 años o más sin autorización de sus padres (aún más, sin siquiera tener la necesidad de avisarles a sus padres).

Dice el art. 26 del CCCN: "Se presume que el adolescente entre trece y dieciséis años tiene aptitud para decidir por sí mismo respecto de aquellos tratamientos que no resultan invasivos, ni comprometen su estado de salud o provocan un riesgo grave en su vida o integridad física (...)".

Gracias a este artículo del Código, podemos comprender algo que a las claras se venía sospechando: El mismo argumento que utilizan para que una chica de 13 años se pueda ir a practicar un aborto sin acompañamiento de los padres, es el que usan ahora para que menores de edad (de 13 años para adelante) puedan darse cualquier vacuna contra el COVID sin que sus padres siquiera se enteren (mismo argumento, mismo discurso, misma estrategia política, ninguna casualidad).

Para concluir, quien suscribe esta editorial recuerda que en abril de este año 2021, el Ministerio de Salud de la Nación autorizó "para uso de emergencia" la vacuna SARS-CoV-2 de Sinopharm (China), y que la decisión tuvo lugar luego de que el Gobierno cerrara un acuerdo comercial con la Corporación Grupo Farmacéutico Nacional Chino (conocida como Sinopharm) para la adquisición de 1 millón de dosis de su vacuna contra el coronavirus.

Luego, con el paso del tiempo, fueron llegando más de estas variantes, pero no debe olvidarse que la autorización había sido dada "para uso de emergencia", y ahora, unos meses después, nos enteramos que la ANMAT aprobó esta vacuna "para uso de emergencia" como la indicada en niños y niñas de 3 años en adelante. Siendo que la misma continúa en su estudio de FASE 3, no pudiendo ofrecer la fiabilidad que una verdadera vacuna aprobada amerita.

Concluyendo, quiero dejar replicados dos tweets que resultan relevantes para la cuestión. El colega marplatense y ex Secretario de Seguridad de Carlos Arroyo, Julio Razona, dijo: "Sandra Pitta, como Vizotti, Kreplak y demás desaliñados sanitarios, afirma que las vacunas son seguras. Nada dice que no se hacen autopsias y por lo tanto se ocultan las secuelas y que el Ministerio de Salud certifica que el 88,3 % de los fallecidos por COVID-19 estaban inyectados".

El reconocido periodista Sergio Solon, sostuvo: "¡Una imagen vale más que mil palabras! ¡¡Vienen por tus hijos!! ¿Y no vas a hacer nada? El negociado de las vacunas ahora también apunta a los chicos. Hasta Sigman estuvo negociando con los chinos. El diablo sabe por diablo, ¿pero más sabe por Sigman?".

Elías N. Badalassi (Abogado -matrícula profesional: Tomo 133 Folio 188 CPACF-, autor de la novela Poder de lo Alto Consecuencias en la Tierra y co-escritor del libro El Nuevo Genocidio)

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