

Así lo confirmó la embajada española en Argentina en un comunicado que envió el pasado miércoles, en el que manifiesta que la actual normativa retrotrae a una situación “similar a la que nos encontrábamos en el pasado mes de junio” y precisa las tres categorías de viajeros procedentes de nuestro territorio con ingreso admitido a dicho país.
Entre los que podrán pisar suelo español se encuentran los “titulares de pasaporte europeo”, que lo harían como ciudadanos comunitarios europeos, pero antes deberán presentar “un certificado de vacunación, de diagnóstico negativo PCR o un certificado médico de recuperación”.
Mientras que los argentinos que viajen en calidad de turistas lo podrán hacer solo aquellos que se hayan vacunado con “algunas de las 6 vacunas admitidas por la Agencia Europea del Medicamento o la OMS (Pfizer, Moderna, AstraZeneca, Jansen/Johnson&Johnson, Sinovac o Sinopharm)”.
Pese a lo informado por el gobierno español, hay que recordar que, como lo marca el acuerdo de Nüremberg, nadie está obligado a vacunarse. El mismo, recita: “Nadie te puede obligar a vacunarte sin tu consentimiento. Nadie puede prohibirte trabajar, estudiar, viajar, reunirte ni discriminarte si no te has vacunado”.