

El fallo, que fue firmado por el juez Guillermo Díaz Martínez, fue una consecuencia de una medida cautelar presentada por la Asociación de Personas y Familiares de Discapacitados Motores y Defensor del Pueblo de la Provincia de Catamarca; dio un plazo de 24 horas para restablecerle el dinero a sus titulares.
A su vez, se le prohibió al organismo continuar con las auditorías basadas en la normativa cuestionada y disponer de nuevas suspensiones hasta que se dicte una sentencia definitiva en la causa, una decisión que ya había tomado el Poder Ejecutivo la semana pasada.
Es preciso señalar que, en la demanda, los denunciantes aseguraron que la implementación del decreto 843/24, que modificó los requisitos para acceder a las pensiones, es “inconstitucional” y remarcaron que hubo “un objetivo deliberado” por parte de la ANDIS para “reducir los costos asociados a la protección de un sector vulnerable de la población”.