

La normativa, que se rige bajo el Decreto 563/2025, fijó la alícuota del Derecho de Exportación en 0% para mercaderías del sector minero, entre las que se verán beneficiadas los productos que pertenecen al universo de la minería no metalífera, rocas de aplicación, combustibles, piedras preciosas y semipreciosas, entre otras.
De acuerdo con la medida que lleva la firma del presidente Javier Milei, el Poder Ejecutivo buscará “impulsar la competitividad del sector minero, en concordancia con los principios de libertad económica y apertura comercial, asegurando el cumplimiento de los compromisos asumidos en materia de equilibrio de las cuentas públicas y promoviendo un desarrollo productivo sostenible, respetuoso de la estabilidad fiscal”.
Asimismo, sostuvieron que “el sector posee un significativo potencial de crecimiento”, por lo que “resulta necesario generar las condiciones para que dicho potencial contribuya a la recuperación económica” y se “traduzca en nuevos empleos y mayor volumen de exportaciones, en línea con otras decisiones adoptadas por el Gobierno Nacional en materia de simplificación, desburocratización, reducción de trámites, facilitación del comercio y apertura de nuevos mercados”.
Por su parte, también se eliminó el Registro Optativo de Exportaciones de Cobre, argumentando que, pese a que se había creado con el fin de “promocionar la actividad minera a través de un esquema de derechos de exportación”; dicho Régimen “nunca resultó operativo” y no hay beneficiarios inscriptos.