Finalmente, desde la Superintendencia de Servicios de Salud reglamentaron las medidas para la segmentación de los aumentos de las prepagas y la creación de planes con copagos. Con respecto a esto último, el valor deberá ser, al menos, 25% menor al que actualmente ofrecen las empresas.
De esta forma, cada compañía de medicina prepaga tendrá que presentar, para su verificación y registro, una declaración jurada que estará disponible en el sitio web de la Superintendencia. También deberán adjuntar los cuadros tarifarios con el detalle de los valores de copago para todas las prestaciones.
Es preciso resaltar que la norma excluye del costeo del copago a personas gestantes, niñas de hasta tres años, pacientes oncológicos y trasplantados, personas con discapacidad o aquellos que estén en programas preventivos o que reciban prestaciones y prácticas de urgencia.
Por último, vale decir que los incrementos mensuales de estos bonos, tendrán como tope el Índice de Costos de Salud, a partir de lo expresado en la misma resolución.