La resolución, que se firmó en conjunto con los Ministerios de Salud, de Desarrollo Económico y de Producción, y el de Justicia y Seguridad, dispuso “el carácter no obligatorio del uso de elementos de protección que cubran nariz, boca y mentón en el ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires”.
Desde Ciudad explicaron que la medida se da por la “situación epidemiológica actual y el grado de vacunación en la población". Y agregaron: "Resulta pertinente establecer el carácter no obligatorio del uso del barbijo".
Más allá de la no obligatoriedad, desde el gobierno porteño recomiendan que no se prescinda de él “al ingresar y permanecer en lugares cerrados de acceso público o privados”.
En otro orden de cosas, vale aclarar que en cuanto al transporte público, la resolución sólo tiene vigencia en los subtes, ya que la utilización del tapabocas sigue siendo obligatoria en aquellos de jurisdicción nacional como el tren y el colectivo.